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Desaparición forzada debe ser crimen de lesa humanidad

El senador Cristóbal Arias Solís propuso considerar la desaparición forzada de personas como un crimen de lesa humanidad y reiterar la imprescriptibilidad de este delito grave.

En una iniciativa de reforma, plantea tipificar la desaparición forzada transitoria para establecer que comete este delito el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad por un periodo prolongado indeterminado o transitorio en cualquier forma a una persona.

Esto incluye la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre el destino o paradero de la persona, con el propósito e intención de dejarla fuera del amparo y protección de la ley, en plena violación a sus derechos humanos o fundamentales.

El legislador de Morena también propuso que las entidades federativas armonicen sus legislaciones correspondientes, para tipificar la desaparición forzada como delito de lesa humanidad, conforme al artículo 2 de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, así como para garantizar y establecer su imprescriptibilidad.

Apreciaciones legales
Cristóbal Arias recordó que en la sesión ordinaria del Pleno del Senado de la República, del 25 de abril de 2023, se dio cuenta de la recomendación No. 98VG/2023 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), sobre casos de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, a la seguridad jurídica, a la integridad personal y al trato digno; por actos de detención ilegal, retención ilegal y actos de tortura, desaparición forzada y ejecución extrajudicial; así como al derecho a la verdad y al interés superior de la niñez, durante el período de violencia política del Estado.